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Calendario de días inhábiles

Calendario de días inhábiles

El registro electrónico del Ministerio de Consumo permite la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones todos los días del año, durante las veinticuatro horas del día. La fecha y la hora de presentación figuran en el resguardo acreditativo de la presentación.

A los efectos del cómputo de plazos el registro electrónico se rige por la fecha y hora oficial española correspondiente a la Península, Ceuta, Melilla y el Archipiélago Balear. El calendario de días inhábiles es el fijado en la resolución anual publicada en el Boletín Oficial del Estado para todo el territorio nacional.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, (BOE-A-2015-10565) del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas recoge en su artículo 30.7 que la Administración General del Estado, con sujeción al calendario laboral oficial, fijará, en su respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos. Por otro lado, como novedad, la mencionada Ley en su artículo 30.2, excluye los sábados del cómputo de plazos.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos mencionados se puede consultar el calendario de días inhábiles del año en curso Calendarios de días inhábiles.