Solicitud de uso de logotipos, imágenes y documentos institucionales de la AESAN OA
Presentación de una Solicitud de uso de logotipos, imágenes y documentos institucionales
NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO:
Solicitud de autorización de uso de logotipos / imágenes / documentos de la AESAN OA
Código SIA 998405
NORMATIVA
Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
IDENTIFICACION Y DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO:
La AESAN OA es propietaria de logotipos, imágenes y documentos institucionales respecto de los cuales se encuentra amparada por los derechos de propiedad intelectual e industrial correspondientes.
Los ciudadanos pueden solicitar en nombre propio o en representación de una institución, asociación, etc. la utilización de los logotipos, imágenes y documentos institucionales, siempre que se respeten una serie de condiciones específicas que se indican en formulario de solicitud y en todo caso, las prescripciones generales de la normativa sobre propiedad intelectual relacionadas con el disfrute de uso.
El solicitante deberá indicar en su solicitud el material concreto propiedad de la AESAN OA cuyo uso desea solicitar, así como explicar, de la manera más detallada posible, el uso que se va a hacer del material solicitado. En el caso de necesitar información adicional se le solicitará al interesado produciéndose, hasta que sea recibida, la suspensión del plazo de resolución.
El solicitante no podrá hacer uso del logotipo, imagen o documento institucional hasta recibir el Acuerdo de Autorización de uso de logotipos, imágenes o documentos institucionales de la AESAN OA.
En el caso de que se incumplan los requisitos indicados en la solicitud, el solicitante recibirá una Resolución de denegación de la autorización para el uso de logotipos, imágenes o documentos institucionales de la AESAN OA, contra la que podrá interponerse recurso de alzada ante el Presidente de esta Agencia, en el plazo de un mes que se contará a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación de esta resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
FORMA DE INICIACIÓN INTERESADO:
Tramitación electrónica con los siguientes sistemas de identificación: Certificado electrónico, DNI electrónico, Cl@ve PIN o Cl@ve permanente.
UNIDAD GESTORA Y CONTACTO
Vocalía Asesora de Comunicación
Organismo Autónomo Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN OA)
Alcalá, 56 - 28014 MADRID
comunicacionaesan@aesan.gob.es
PLAZO DE RESOLUCIÓN
El plazo para la notificación de un Acuerdo de Autorización o, en su caso, de una Resolución de denegación es de 20 días desde la recepción de la solicitud.